viernes, 4 de enero de 2013

EL TRIBUNAL SUPREMO DESESTIMA ANULAR CAUTELARMENTE LA CONGELACIÓN DE LA TARIFA DE LA LUZ EN ABRIL

EL TRIBUNAL SUPREMO DESESTIMA ANULAR CAUTELARMENTE LA CONGELACIÓN DE LA TARIFA DE LA LUZ EN ABRIL

El Tribunal Supremo ha rechazado en sendos autos las peticiones de Iberdrola y Endesa de que se anulen de forma cautelar las revisiones de peajes de la electricidad de abril de 2012, al considerar que no resultaban suficientes para contener el déficit de tarifa por debajo del umbral legal de 1.500 millones de euros.
Los autos, fechados a finales de diciembre y a los que ha tenido acceso Europa Press, rechazan las pretensiones de las eléctricas respecto a las cautelares, pero reconocen las "serias dudas de hecho y de derecho" que genera la orden de revisión de peajes eléctricos y recuerdan la doctrina ya fijada por el propio Alto Tribunal, en la que los ingresos de la tarifa de la luz deben ser suficientes para cubrir los costes.
En esta ocasión, Iberdrola y Endesa denunciaban la orden de peajes de abril. En aquel momento, el Gobierno aprovechó una bajada del 7% en las subastas eléctricas para elevar en un 6% los peajes, que recogen los costes regulados, y forzar con ello una congelación de la tarifa en abril.
En paralelo, el Ministerio de Industria aprobó un recorte de unos 1.700 millones en los costes del sistema eléctrico y una refacturación del recibo de la luz entre septiembre y diciembre de 2012 para cumplir las sentencias anteriores del Supremo y adaptar la tarifa eléctrica a los límites del déficit. Esta medida implicó subidas del 7% en el recibo.
En los autos, el Supremo reitera su rechazo a la práctica del Gobierno de condicionar la revisión de los peajes al resultado de las subastas eléctricas. Con esta estrategia, el Ejecutivo ha aprovechado bajadas en las subastas para subir peajes y ofrecer a los consumidores congelaciones de tarifas.
Este mecanismo "vincula artificialmente" peajes y subastas y en algunos casos acaba produciendo una "manifiesta falta de adecuación" entre los ingresos y los costes reales, señala el Supremo.
No obstante, en este caso no se puede apreciar que el Gobierno haya recurrido a este "mecanismo compensatorio", al menos en un "análisis inicial", señalan los autos, en los que se advierte de que los datos de 2012 son aún provisionales y de que su criterio podría cambiar en función de las cifras finales.


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