martes, 19 de noviembre de 2013
4-24 Como Funciona El Mercado Eléctrico.
4-24 Como Funciona El Mercado Eléctrico.
La Ley 54/1997 del Sector Eléctrico inicia
el proceso de liberalización del sector eléctrico español, con el objetivo de
re-definir los ámbitos de actuación de los actores implicados: Estado,
comercializadoras, generadoras transportistas, distribuidoras y consumidores.
Esta ley elimina explícitamente la noción de suministro eléctrico como servicio
público e introduce mecanismos de libre mercado para gestionar parte de las
decisiones que con el antiguo marco correspondían al Estado.
El proceso de liberalización de los
mercados eléctricos se impulsa en el marco de la Unión Europea. La idea es que
a partir de unos principios básicos (liberalización de precios y
desregularización de las actividades de generación y consumo), cada país
desarrolle su propio proceso de manera que las diferentes experiencias permitan
el avance hacia mercados energéticos comunes.
En la mencionada ley se diseña un nuevo
marco para cada una de las cuatro actividades que conforman el sistema
eléctrico (generación, transporte, distribución y consumo), así como el ritmo
al que debe ir implantándose en cada uno de ellos, de tal manera que en el año
2009 se culmine el proceso. La idea básica es diferenciar un terreno donde se
mantiene la regulación estatal (las relacionadas con el mantenimiento de redes
eléctricas: el transporte y la distribución) y otro cuya gestión se transfiere
a mecanismos de mercado libre (generación y comercialización). Describimos cada
uno de los actores:
· Generación: Se
liberaliza la instalación de capacidad. Esto implica que una determinada
empresa decide, en base a sus expectativas de mercado, qué tipo de tecnología y
en qué cantidad instala para generar electricidad. Asimismo, la retribución
asociada a la actividad de generar deja de estar regulada y pasa a definirse
por mecanismos de mercado. Pendiente realizar ajustes, el desarrollo ha sido en
medida motivado por parte de incentivos desde la regulación estatal, por tanto
pese a su liberalización sigue siendo una actividad con una carga importante
que lastra la actividad en general.
· Transporte y Distribución: Siguen
siendo actividades reguladas. Se consolida el papel de REE como único
transportista y operador del sistema. La distribución la siguen realizando las
mismas empresas distribuidoras, que se desvinculan de la comercialización. Teóricamente,
la misma empresa no puede realizar su actividad en un segmento liberalizado
(generación, comercialización) y otro regulado (transporte, distribución) a la
vez. En la práctica, las mismas empresas se encuentran en todos los segmentos mediante
la creación de grandes Grupos Empresariales.
Su reparto
geográfico puede verse en el siguiente plano:
· Consumo: Se
liberalizan los precios y se crea la figura de la Comercializadora de
electricidad. Organizativamente, la adquisición de energía se lleva a cabo en
dos mercados: el mercado minorista, donde los
consumidores domésticos y pequeñas empresas firman un contrato libre con una de
las comercializadoras que compiten en régimen de libre competencia y que les
factura la electricidad consumida, y el mercado mayorista, en el que
las comercializadoras y los grandes consumidores directos adquieren la
electricidad a los generadores mediante mecanismos de mercado (Pool), además de
abonar una tarifa que le permita el acceso a la red eléctrica, tarifa de acceso
que es la componente regulada. Por tanto, las comercializadoras realizan un
papel de "intermediario administrativo" entre el lado generación y el
pequeño consumidor, haciendo las veces de comprador en el mercado mayorista y
de vendedor en el mercado minorista.
La siguiente figura muestra el esquema del
nuevo marco liberalizado.
Esquema de los principales actores en el
mercado liberalizado.
Son los consumidores finales los que
cubren los costes de todo el sistema eléctrico con el pago de sus facturas. Se
obtienen dos componentes.
· La
componente de mercado: Obtenida por mecanismos de mercado entre
productores y consumidores del mercado mayorista (comercializadoras y
consumidores directos) en régimen de competencia.
Es importante señalar que los consumidores
domésticos y pequeñas empresas pagan a la comercializadora contratada según un
contrato libre que sufraga ambas componentes además del margen de beneficios de
la propia comercializadora. Puesto que este margen en principio depende del
contrato alcanzado, los datos no son homogéneos, el margen de beneficio habría
que incluirlo en la componente de mercado. Además, en la situación actual, la
mayor parte de los pequeños consumidores están acogidos a la Tarifa de Último
Recurso, cuya componente de mercado se determina por otro mecanismo denominado
Tarifa de Último Recurso (TUR).
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